El pasado jueves entró en vigor la modificación de la ley29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
(ley 10/2013). Dichas modificaciones parecen encaminadas a unificar criterios
de actuación a nivel nacional, restan “poder” a las CCAA y ponen como principal
protagonista al Ministerio y la
AEMPS.
Ahora solo falta esperar que sean ágiles, asépticos y
certeros con las medidas. También mas implicación en los informes, en
definitiva que se “mojen” en las decisiones porque si no, esto no habrá valido
para nada.
Estos son los puntos de las modificaciones presentadas que
más controversia puedan generar:
1. ¿Se acabó el
que cada comunidad autónoma proponga sus medidas independientes de
racionalización de medicamentos?
La ley dice: "Las medidas tendentes a racionalizar la
prescripción y utilización de medicamentos y productos sanitarios que puedan
adoptar las comunidades autónomas no producirán diferencias en las condiciones
de acceso a los medicamentos y productos sanitarios financiados por el Sistema
Nacional de Salud, catálogo y precios. Dichas medidas de racionalización serán
homogéneas para la totalidad del territorio español y no producirán
distorsiones en el mercado único de medicamentos y productos sanitarios".
Comentario: El texto resulta algo ambiguo, por un lado se le
sigue dejando a las CCAA el criterio de adoptar medidas de racionalización, por
otro lado dice que tienen que ser medidas homogéneas para todos. Cabe esperar
quien coordinará esto y con que agilidad. Por ahora parece ser un “frenazo
legal” a la famosa subasta de Andalucía y también pondría en jaque otras
medidas ya iniciadas por las CCAA como los famosos algoritmos valencianos. De
hecho la pregunta es ¿qué pasará con las medidas iniciadas ya por las CCAA?
2. ¿Zanjada la
polémica de los equivalentes terapéuticos?
La ley dice: “Las actuaciones orientadas a establecer la
posición de un medicamento en la prestación farmacéutica y su comparación con otras
alternativas terapéuticas, tendrán una base científico técnica común para todo
el Sistema Nacional de Salud y se realizarán en el marco de los informes de
posicionamiento de la
Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios
(Aemps)”.
Comentario:
En este sentido tendremos que esperar a que sea la AEMPS la que nos de las
pautas a seguir en cuanto a “equivalentes terapéuticos”, de nuevo bloqueando las AET andaluzas. La dificultad radica
en tratar el tema con rapidez, difícil visto la gran cantidad de grupos
terapéuticos susceptibles de la medida. Queda en el aire que pasa hasta que la AEMPS no hable y hasta donde
pueden llegar las Comisiones de Farmacia, como hasta ahora. También parece que
con esta medida el Ministerio se adelanta a la “guerra” de los biosimilares,
que no ha hecho más que empezar.
Otras
modificaciones tienen que ver con los precios industriales de los medicamentos
en oficina de farmacia que no podrán ser objeto de modificación o bonificación
a no ser que se haga en todo el territorio nacional. La “mayor libertad” en la
publicidad de medicamentos que no necesitan receta o la indicación por parte de
fisioterapeutas de medicamentos no sujetos a prescripción médica. También se
incorpora al ordenamiento jurídico español dos Directivas Europeas que
pretenden mejorar los sistemas de farmacovigilancia y de entrada de fármacos
falsificados.
Veremos
a ver como evoluciona todo y sobre todo como encajan esto las todo poderosas CCAA,
teniendo en cuenta que lamentablemente muchas veces no es ciencia, ni eficiencia,
es política.
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